Juez

Rechazan archivar abuso infantil apartándose de la Corte Suprema

📍 Cura Brochero, Córdoba
✍️ El juez de Villa Cura Brochero, José María Estigarribia, decidió que continúe la
investigación en una causa por abuso sexual infantil, a pesar de que la Fiscal
de esa localidad, Analía Verónica Gallarato, había ordenado cerrarla porque la
consideraba prescripta. La Fiscal entendió que el delito ya no podía
investigarse porque habían pasado más de doce años desde que ocurrió,
siguiendo criterios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y del Tribunal
Superior de Justicia de Córdoba.
La Corte Suprema sostiene que la llamada Ley Piazza (que amplió los plazos
para investigar abusos contra menores) solo se aplica a hechos ocurridos
después del 7 septiembre de 2011. Por eso, en casos anteriores, si pasaron
más de doce años desde el hecho, no se pueden investigar. Ese criterio lo
adoptó en la causa contra el sacerdote Justo José Ilarraz, que había sido
condenado a 25 años de prisión por abusar de 25 seminaristas menores de
edad, pero luego fue liberado porque los hechos eran anteriores a 2011.
En Villa Cura Brochero, la denuncia fue presentada en 2024 por Candela Vega,
quien contó que en 2007, cuando tenía ocho años, fue abusada por su padre,
el concejal Luis Daniel Vega, quien fue recientemente expulsado del cargo por
el escándalo de la denuncia. Según la regla de la Corte, como habían pasado
más de doce años, el caso debía cerrarse. Sin embargo, el juez Estigarribia
decidió lo contrario.
El magistrado declaró inconstitucional esa forma de contar el plazo y dispuso
que no era válida en casos de abuso infantil, porque los niños no tienen la
capacidad ni la libertad para denunciar, especialmente cuando el agresor
resulta su propio padre. Recordó que la Convención sobre los Derechos del
Niño, que tiene rango constitucional en Argentina, exige que se tenga en
cuenta en todos los aspectos legales la situación de vulnerabilidad en la que se
encuentran los niños y niñas.
Por eso, resolvió que el plazo de prescripción debe empezar a contarse recién
desde que la víctima adquiere la mayoría de edad, esto es desde que cumple
18 años. En el caso de Candela Vega, eso significa que el delito recién
prescribiría en 2029. De este modo, rechazó el cierre de la causa y consideró
que la investigación debía continuar.
El juez recordó que ya había aplicado este mismo criterio en otra causa en
2023, que terminó con la condena del abusador en 2024. Además, el Fiscal de
Cámara de Villa Dolores, Sergio Gabriel Cuello, avaló la decisión el 25 de
septiembre y ordenó que la Fiscalía de Villa Cura Brochero siga adelante con la
investigación en contra de Luis Daniel Vega

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